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Retando los resultados de las pruebas de embriaguez en Tampa

Solo porque usted fracaso una prueba de embriaguez al ser detenido en la carretera no significa que la policía puede declararlo convicto de conducir borracho. Los abogados de Escobar y Asociados han defendido exitosamente a personas que han fracasado las pruebas de sobriedad y de “Breathalyzer”. Representamos residentes de Florida, turistas y estudiantes que han sido arrestados por conducir borrachos en el área de Tampa.

Sus abogados de defensa contra cargos de conducir borracho en Tampa
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Aprenda más sobre las pruebas y defensas del “DUI”

  • Prueba de sobriedad estandarizada: Consiste en una serie de tres pruebas o ejercicios que se supone que sean administradas y evaluadas de manera estandarizada. La manera estandarizada de la prueba aspira a remover el aspecto de subjetividad que puede tener un oficial sobre si un individuo estaba incapaz de conducir o no. No obstante, en la práctica, estos ejercicios no siempre son administrados o evaluados en la forma estandarizada. Oficiales en una investigación en la carretera frecuentemente fracasan en seguir su entrenamiento por varias razones. Por otro lado, la validez de los ejercicios, incluso de ser administrados y evaluados como se supone ha sido puesta en duda repetidamente por expertos en este campo.
  • La prueba de aliento: Luego de efectuar un arresto por “DUI” (conducir bajo los efectos de bebidas embriagantes), el oficial frecuentemente solicita que el individuo tome una prueba de aliento. Es importante recordar que esta prueba es voluntaria en el sentido que ningún oficial puede forzarlo a tomar la prueba. Negarse respetuosamente a tomar la prueba puede ayudarle grandemente a evitar una convicción por “DUI”. Cuando el oficial le pregunta si usted se someterá a la prueba, usted tiene el derecho a respetuosamente declinar y decir “No”. Rehusarse a tomar la prueba de aliento acarrea unas consecuencias negativas, entre ellas una suspensión de la licencia de conducir con un periodo de “suspensión dura” más larga (o periodo antes de ser elegible para solicitar una licencia por dificultades). Por ejemplo, por un primer arresto de DUI sin rehusarse a tomar la prueba el periodo de “suspensión dura” es de 30 días si el sujeto toma la prueba con un resultado de 0.8 o más, mientras que la “suspensión dura” administrativa es de un periodo de 90 días si el sujeto se rehúsa a tomar la prueba de aliento.

Los abogados de Escobar y Asociados tienen experiencia para manejar todos los aspectos de su caso de DUI, desde las consecuencias administrativas con el Departamento de Vehículos de Motor hasta las todas las fases de su caso criminal.

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